NOM 035 riesgo psicosocial: guía de implementación y pruebas
Una inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no pregunta si el equipo se siente bien. Pregunta por documentos. La NOM 035 riesgo psicosocial obliga a todo centro de trabajo en México a identificar, analizar y prevenir los factores que deterioran la salud mental de su gente, y a poder demostrarlo con evidencia.
El costo de no cumplir va más allá de la multa. La OIT y la OMS estiman que cada año se pierden 12.000 millones de días de trabajo por depresión y ansiedad, con un impacto cercano a un billón de dólares en productividad. Ese deterioro se paga antes en ausentismo y rotación que en un acta de inspección.
Esta guía explica qué exige la norma según el tamaño de tu centro de trabajo, cómo implementarla en seis pasos, qué cuestionarios son válidos ante la autoridad y qué revisa un inspector cuando llega.
Tabla de contenidos:
- ¿Qué es la NOM 035 y qué factores evalúa?
- Obligaciones de la NOM 035 según el tamaño del centro de trabajo
- Cómo implementar la NOM 035 en seis pasos
- Evaluaciones y pruebas para cumplir con la NOM 035
- Qué revisa la STPS y qué sanciones aplica
- Errores comunes al implementar la NOM 035
- Del cumplimiento normativo a la gestión del entorno laboral
¿Qué es la NOM 035 y qué factores evalúa?
La NOM-035-STPS-2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2018 y entró en vigor por etapas: la política de prevención y la atención a acontecimientos traumáticos severos en octubre de 2019; la identificación de factores de riesgo, la evaluación del entorno organizacional y los registros en octubre de 2020.
Su objeto es doble: prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional favorable. No habla de estados de ánimo, habla de condiciones organizacionales medibles. El numeral 7.2 delimita qué debe analizarse:
- Condiciones del ambiente de trabajo. Entornos peligrosos, insalubres o deficientes que exigen un esfuerzo adicional de adaptación.
- Cargas de trabajo. Exigencias cuantitativas y cualitativas que superan la capacidad real del puesto.
- Falta de control sobre el trabajo. Poco margen de decisión sobre el ritmo, el método o la organización de las tareas.
- Jornadas y rotación de turnos. Horarios que exceden lo previsto en la Ley Federal del Trabajo o rotaciones sin previsibilidad.
- Interferencia trabajo-familia. Exigencias que invaden de forma sostenida la vida personal.
- Liderazgo y relaciones negativas. Supervisión hostil, comunicación deficiente y conflictos no gestionados.
- Violencia laboral. Acoso, hostigamiento y malos tratos en el centro de trabajo.
Si quieres profundizar en el fenómeno antes de entrar en el trámite, revisa nuestro análisis sobre riesgo psicosocial en las organizaciones.
Obligaciones de la NOM 035 según el tamaño del centro de trabajo
La norma no pide lo mismo a un taller de doce personas que a una planta de cuatrocientas. El criterio de clasificación es el número de trabajadores por centro de trabajo, no por empresa. Si operas varias sedes, cada una se clasifica por separado y cada una necesita su propio expediente. Estas son las tres categorías y lo que exige cada una.
Centros de trabajo con hasta 15 trabajadores
Este grupo no está exento, aunque sea la confusión más frecuente del mercado. Debe establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple tres compromisos: prevención de los factores de riesgo psicosocial, prevención de la violencia laboral y promoción del entorno organizacional favorable.
También debe identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo, mediante la Guía de referencia I, y canalizarlos a la institución de seguridad social o al médico del centro de trabajo. A esto se suma difundir información sobre riesgo psicosocial entre el personal y conservar los registros correspondientes. Lo que no se exige en esta categoría es aplicar los cuestionarios de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial.
Centros de trabajo de 16 a 50 trabajadores
Aquí aplica todo lo anterior más una obligación adicional de peso: identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial. Para ello se utiliza la Guía de referencia II, que se aplica a todo el personal del centro de trabajo, sin muestreo.
El resultado no puede quedar en una carpeta. La norma exige adoptar medidas de prevención y control en función del nivel de riesgo detectado, contar con mecanismos formales para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y difundir los resultados entre los trabajadores. La documentación del método utilizado y del informe de resultados forma parte del expediente que revisa la autoridad. En centros de este tamaño, un solo caso mal canalizado suele ser suficiente para deteriorar el clima de todo el equipo.
Centros de trabajo con más de 50 trabajadores
Esta categoría concentra el nivel de exigencia más alto. Además de la política, la Guía I y las medidas de control, debe identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional mediante la Guía de referencia III, que integra ambos objetivos en un solo instrumento.
La diferencia operativa es que aquí sí se permite aplicar el cuestionario a una muestra representativa, calculada conforme al numeral III.1 de la propia guía. La evaluación del entorno organizacional mide si la organización favorece el sentido de pertenencia, la capacitación adecuada, la definición clara de responsabilidades, la participación en la mejora y la distribución razonable de cargas. Los resultados deben difundirse de forma agregada, nunca individualizada, y sostenerse en un programa de intervención con responsables y plazos.
Cómo implementar la NOM 035 en seis pasos
Implementar la NOM 035 de forma defendible ante una inspección es un proceso secuencial. Saltarse un paso suele invalidar los siguientes, porque cada etapa produce la evidencia que sustenta a la siguiente.
- Redacta y difunde la política de prevención. Documento firmado por la dirección, con los tres compromisos que exige la norma, publicado en un lugar visible y comunicado a todo el personal.
- Aplica la Guía de referencia I. Identifica a quienes vivieron acontecimientos traumáticos severos y canalízalos a atención médica. Deja registro de la canalización, no solo del cuestionario.
- Aplica el cuestionario que corresponda a tu tamaño. Guía II para 16 a 50 trabajadores; Guía III para más de 50. Garantiza anonimato y respuesta voluntaria informada.
- Califica e interpreta por nivel de riesgo. Las guías clasifican los resultados en nulo, bajo, medio, alto y muy alto, por categoría y por dominio, lo que permite priorizar en lugar de intervenir a ciegas.
- Diseña el programa de intervención. Medidas concretas con responsable, plazo y presupuesto para cada categoría en riesgo medio o superior.
- Documenta, difunde y reevalúa. Conserva informes y evidencias de difusión, y repite la evaluación al menos cada dos años o antes si cambian las condiciones de trabajo.
Evaluaciones y pruebas para cumplir con la NOM 035
No cualquier encuesta de clima sirve para cumplir. La norma es específica sobre qué instrumentos son válidos y sobre qué debe demostrar un método alternativo desarrollado por la empresa. Entender esa diferencia evita el escenario más costoso de esta norma: haber invertido tiempo del equipo en una medición que el inspector no reconoce como válida y tener que repetirla desde cero.
Cuestionarios oficiales de las guías de referencia
Las guías de referencia II y III son la vía más directa al cumplimiento porque forman parte del texto normativo publicado en el Diario Oficial de la Federación. La Guía II se centra en la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial. La Guía III añade la evaluación del entorno organizacional y es la única aplicable a centros con más de 50 trabajadores.
Su ventaja es la certeza jurídica: nadie discute su validez ante una inspección y no exige documentar evidencia psicométrica propia. Su límite es el alcance. Son instrumentos de diagnóstico organizacional colectivo, diseñados para detectar dónde está el riesgo por área y categoría, no para explicar cómo responde cada persona ante la presión ni para apoyar decisiones de selección, promoción o desarrollo de liderazgo.
Instrumentos propios: qué debe demostrar tu método
La norma permite usar métodos desarrollados por el propio centro de trabajo, siempre que cumplan los requisitos de los numerales 7.4 y 7.5. En términos prácticos, eso significa cubrir las mismas categorías y dominios que exige el numeral 7.2, contar con evidencia documentada de validez y confiabilidad, describir el procedimiento de aplicación y calificación, y conservar la documentación técnica disponible para la autoridad.
Un cuestionario interno armado sin ese respaldo es una de las trampas más caras de esta norma: la empresa cree haber cumplido, invirtió tiempo del equipo y aun así queda expuesta ante la autoridad. La decisión práctica suele ser sencilla. Si no hay un área con capacidad de documentar validez y confiabilidad, conviene usar las guías oficiales y reservar los instrumentos propios para la gestión interna.
Evaluaciones complementarias para gestionar, no solo para cumplir
Una vez cubierto el requisito legal, las pruebas psicométricas aportan la capa que las guías no cubren: el nivel individual y el pronóstico. Es información útil para acompañar a un área con riesgo alto, diseñar capacitación de liderazgo o calibrar cargas por turno.
Una aclaración necesaria: estos instrumentos complementan el diagnóstico, no sustituyen las guías de referencia salvo que se validen conforme a los numerales 7.4 y 7.5.
Si quieres entender qué mide cada familia de instrumentos, revisa nuestra guía sobre tipos de pruebas psicométricas laborales.
Qué revisa la STPS y qué sanciones aplica
Ante una visita de inspección, el criterio es simple: lo que no está documentado no existe. El expediente que revisa la autoridad incluye la política de prevención y su evidencia de difusión, los resultados de la Guía I con las canalizaciones realizadas, el informe de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional cuando aplica, el método utilizado, las medidas de control adoptadas, los mecanismos de queja y denuncia, y los registros de difusión de resultados.
Las sanciones no salen de la norma sino de la Ley Federal del Trabajo. El artículo 994, fracción V, prevé multas de 250 a 5.000 veces la Unidad de Medida y Actualización para el patrón que no observe las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y cada incumplimiento detectado puede sancionarse por separado.
El costo silencioso pesa más. Reemplazar a un empleado cuesta entre el 50% y el 200% de su salario anual según SHRM, y el 70% de los empleadores en México reporta dificultades para encontrar talento según ManpowerGroup. Perder gente por un entorno deteriorado se paga dos veces.
Errores comunes al implementar la NOM 035
Los incumplimientos que detecta la autoridad rara vez vienen de mala fe. Vienen de supuestos equivocados que se repiten en toda la región. Estos son los seis más frecuentes.
- Creer que las empresas pequeñas están exentas. Los centros con hasta 15 trabajadores no aplican cuestionarios, pero sí deben tener política de prevención, Guía I, difusión y registros.
- Clasificar por empresa y no por centro de trabajo. Cada sede se evalúa según su propia plantilla y necesita su propio expediente.
- Medir sin intervenir. Un informe con riesgo alto y sin programa de intervención documentado es evidencia en contra, no a favor.
- Romper la confidencialidad. Si el personal percibe que sus respuestas son identificables, responde a la defensiva y el diagnóstico pierde todo valor técnico.
- Usar cuestionarios propios sin respaldo. Sin evidencia de validez y confiabilidad documentada, el método no cumple los numerales 7.4 y 7.5.
- Tratarlo como proyecto de una sola vez. La evaluación se repite al menos cada dos años, y antes si cambian las condiciones de trabajo.
El contexto además endurece la vara: desde julio de 2023 está en vigor en México el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso, ratificado un año antes, que refuerza la exigencia de protocolos y vías de denuncia efectivas.
Del cumplimiento normativo a la gestión del entorno laboral
La NOM 035 deja de ser un trámite cuando los resultados se convierten en decisiones. Tres ideas para llevarte: la obligación se define por centro de trabajo y no por empresa; la evidencia documentada vale tanto como la medición; y el diagnóstico solo rinde cuando existe un programa de intervención con responsables y plazos.
Las organizaciones que sostienen esa disciplina dejan de reaccionar a las inspecciones y empiezan a reducir ausentismo y rotación de forma medible. Con la metodología de evaluar.com, las empresas reportan hasta un 30% menos de rotación de personal, con más de 9 millones de candidatos evaluados y presencia en 17 países de la región.
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Fuentes
- Diario Oficial de la Federación | NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo: identificación, análisis y prevención (23/10/2018)
- Organización Internacional del Trabajo | La OMS y la OIT piden nuevas medidas para abordar los problemas de salud mental en el trabajo
- Organización Internacional del Trabajo | Celebra la OIT la ratificación por México del Convenio 190 contra la violencia y el acoso en el mundo del trabajo
- SHRM | Human Capital Benchmarking Report
- ManpowerGroup | Talent Shortage Survey 2025, México
- Ley Federal del Trabajo | Artículo 994, fracción V
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